Residencia de larga duración

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Esta información va destinada a las personas extranjeras que residen legalmente en España y que se encuentran en uno de los supuestos de larga duración.

Residencia de Larga Duración

Si TIENES RESIDENCIA DURANTE 5 AÑOS de manera legal y continuada en España.

Familiar de residente de Larga Duración-UE en otro Estado de la Unión Europea

Si TIENES RESIDENCIA DURANTE 5 AÑOS de manera legal y continuada en España.

Residencia Permanente de Ciudadano Comunitario

Si ERES CIUDADANO DE LA UNIÓN EUROPEA, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza y has residido legalmente en España durante un periodo continuado de cinco años.

Residencia de Larga Duración-UE (Unión Europea)

Si TIENES RESIDENCIA DURANTE 5 AÑOS de manera legal y continuada en España.

Recuperación de Larga Duración

Si TIENES RESIDENCIA DURANTE 5 AÑOS de manera legal y continuada en España.

Residencia Permanente de Familiar Comunitario

Si ERES FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN EUROPEA, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza y has residido legalmente en España durante un periodo continuado de cinco años.

Residencia de Larga Duración-UE en otro Estado de la Unión Europea

Si TIENES RESIDENCIA DURANTE 5 AÑOS de manera legal y continuada en España.

Recuperación de Larga Duración-UE (Unión Europea)

Si TIENES RESIDENCIA DURANTE 5 AÑOS de manera legal y continuada en España.